AUTO CONSTITUCIONAL 0032/2021-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0032/2021-CA

Fecha: 04-Feb-2021

Sala Constitucional Segunda del departamento de Santa Cruz

En consulta la Resolución 01/20 de 9 de diciembre de 2020, cursante de fs. 199 a 202 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del departamento de Santa Cruz, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Federico Caballero Correa, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 43 de la Ley de Administración y Control Gubernamentales (Ley SAFCO) -Ley 1178 de 20 de julio de 1999-, en la frase: “…con fundamento en los informes de auditoría podrá emitir dictamen sobre las responsabilidades…”; y, 40 del Decreto Supremo (DS) 23215 de 22 de junio de 1992 -que aprueba el Reglamento para el Ejercicio de las Atribuciones de la Contraloría General de la República-, en la parte in fine: “…Concluido dicho plazo, en base a los resultados de este procedimiento los auditores elaboraran un informe complementario en el cual se ratificará o modificará el informe original”, por ser presuntamente contrarios a los arts. 115, 119, 120, 122 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE).