Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0055/2021-CA
Fecha: 04-Mar-2021
El conflicto de competencias entre el nivel central del Estado y las Entidades Territoriales Autónomas Descentralizadas, y entre éstas procederá como conflicto positivo
“I. El conflicto de competencias entre el nivel central del Estado y las Entidades Territoriales Autónomas Descentralizadas, y entre éstas procederá como conflicto positivo, cuando una de ellas entienda que la otra ejerce una determinada competencia que no le corresponde de acuerdo a la Constitución Política del Estado o la Ley.
- I.1. Síntesis del conflicto
- I.2. Argumentos jurídicos del conflicto
- I.3. Petitorio
- El conflicto de competencias entre el nivel central del Estado y las Entidades Territoriales Autónomas Descentralizadas, y entre éstas procederá como conflicto positivo
- conflictos de competencias y atribuciones
- I.
- II.5. Análisis del caso concreto
- cuando el conflicto se formule sobre competencias legislativas
- que cuando el conflicto se formule sobre competencias legislativas (esto es, el conflicto emergente del ejercicio de la facultad legislativa propiamente dicha en el marco del catálogo competencial), serán los órganos legislativos los legitimados para activar el procedimiento,
- RECHAZAR