Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0055/2021-CA
Fecha: 04-Mar-2021
I.
V. Una vez notificado el rechazo del requerimiento, o vencido el plazo anterior sin que se hubiera emitido resolución, la autoridad que se considere afectada podrá interponer, en el plazo de quince días, la demanda de conflicto de competencia ante el Tribunal Constitucional Plurinacional” (las negrillas con añadidas).
- I.1. Síntesis del conflicto
- I.2. Argumentos jurídicos del conflicto
- I.3. Petitorio
- El conflicto de competencias entre el nivel central del Estado y las Entidades Territoriales Autónomas Descentralizadas, y entre éstas procederá como conflicto positivo
- conflictos de competencias y atribuciones
- I.
- II.5. Análisis del caso concreto
- cuando el conflicto se formule sobre competencias legislativas
- que cuando el conflicto se formule sobre competencias legislativas (esto es, el conflicto emergente del ejercicio de la facultad legislativa propiamente dicha en el marco del catálogo competencial), serán los órganos legislativos los legitimados para activar el procedimiento,
- RECHAZAR