Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0065/2021-RCA
Fecha: 18-Mar-2021
POR TANTO:
POR TANTO: Devuélvase la presente acción de amparo constitucional a la Sala Constitucional Segunda del departamento de La Paz, para que proceda conforme a derecho y de acuerdo al procedimiento establecido por el Código Procesal Constitucional; con la aclaración de que la Comisión de Admisión de este Tribunal, únicamente hace referencia a cuestiones procesales.
- CONSIDERANDO:
- admitió
- decreto de 4 de enero de 2021
- una vez admitida una acción tutelar, no es posible que el juez o tribunal de garantías disponga apartarse de la misma, peor aún sobre aspectos no determinados por el Código Procesal Constitucional, pues actuar de esa manera importaría un error en la aplicación del procedimiento constitucional
- por no presentada
- AC
- no corresponde que la Resolución 006/2021 de
- POR TANTO: