Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2021-S4
Fecha: 03-Mar-2021
1° CONCEDER
1° CONCEDER la tutela solicitada; sin embargo, considerando el tiempo transcurrido desde la interposición de la acción tutelar a la fecha y con la finalidad de no provocar disfunciones procesales, se dispone dejar sin efecto el Auto de Vista 449/2019 de 17 de octubre, emitido por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, ordenando que, solo en caso de que la situación procesal del imputado no hubiere cambiado, se señale nueva audiencia para considerar la apelación incidental planteada por el ahora accionante, garantizando su derecho a la defensa; y,
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1.
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 12
- Bajo ese entendimiento, la inviolabilidad de la defensa técnica implica necesariamente el derecho de contar con un abogado defensor de confianza, es decir, de libre elección por el imputado, desde el primer acto del proceso hasta el fin de la ejecución de la sentencia
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte
- 1° CONCEDER