Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2021-S4
Fecha: 03-Mar-2021
III.2. Análisis del caso concreto
El impetrante de tutela alega la vulneración de sus derechos invocados en esta acción de defensa, en razón a que ante el rechazo de su solicitud de cesación a la detención preventiva, formuló el recurso de apelación incidental, que en alzada fue resuelto por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, confirmando la resolución de instancia; empero, fuera del plazo previsto en el art. 251 del CPP; es decir, más allá de los tres días permitidos, y, limitando su derecho a la defensa técnica, en audiencia porque no se percataron de la ausencia de su abogado defensor, que llegó recién al finalizar la misma, ni le brindaron la palabra para asumir su defensa material.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1.
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 12
- Bajo ese entendimiento, la inviolabilidad de la defensa técnica implica necesariamente el derecho de contar con un abogado defensor de confianza, es decir, de libre elección por el imputado, desde el primer acto del proceso hasta el fin de la ejecución de la sentencia
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte
- 1° CONCEDER