Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0071/2021-RCA
Fecha: 08-Abr-2021
I.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela y en consecuencia se disponga dejar sin efecto el Auto Supremo 209/2020, emitido por los Magistrados demandados, el cual da cumplimiento de forma errada y contradictoria a la Resolución 015/2020 pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del departamento de Chuquisaca, resolviendo el recurso de apelación planteado por Adolfo Arturo Dávalos Yoshida, debiendo emitirse al efecto un nuevo Auto Supremo de conformidad a la referida Resolución Constitucional.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- los recursos constitucionales no son la vía o mecanismo idóneo para pedir el cumplimiento de las resoluciones dictadas dentro de las acciones tutelares
- los sujetos procesales -accionante y demandado- tienen la legítima potestad de reclamar o exigir el cumplimiento de los fallos constitucionales en acciones de defensa ante la misma autoridad que las dictó, ya sea por incumplimiento o por sobrecumplimiento, según corresponda
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- II.4. Otras consideraciones