Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0085/2021-RCA
Fecha: 28-Abr-2021
Fragmento 1
En revisión la Resolución de 4 de marzo de 2021, cursante de fs. 58 a 62 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Basilio Rosas Vidal y Nora López de Rosas contra la Comunidad de Huasa Mayu Grande, provincia Punata del departamento de Cochabamba, representados por Crisologo Sipe Apaza y Eliodoro Vásquez “…y toda la directiva de esta Asociación…” (sic).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- rechazó in limine
- i)
- Fragmento 6
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- por no presentada
- al momento de admitir la acción, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el referido art. 33 del CPCo, y ante su incumplimiento dispondrá su subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción”
- II.3. Análisis del caso concreto