SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2021-S4
Fecha: 01-Abr-2021
1)
Manuel Jesús Ramos Medina, Comandante Regional del Norte Integrado de la Policía Boliviana, a través del informe escrito de 27 de abril de 2020, cursante de fs. 56 a 57 de obrados, señaló que: 1) Es de conocimiento general que la Policía Boliviana cumple el Decreto Supremo (DS) 4200 de 25 de marzo de 2020, emitido por la Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia y particularmente en el municipio de Montero se estaba acatando diferentes Leyes Municipales que declararon encapsulamiento y posterior extensión del mismo, normas que tenían por finalidad frenar el avance del Coronavirus COVID-19; y, 2) Al recibir información del personal policial dependiente de su Dirección, en relación a que habrían varias personas que se encontrarían infringiendo las indicadas normas legales, utilizando un Bus de servicio público Clase Onmibus, marca Scania, color Blanco Combinado, tipo K410B, con Placa de Control 5190NRG (Flota Trans Copacabana S.A.), se constituyó al lugar y recibió el informe respectivo, verificando la existencia de dicho vehículo y que el mismo estaba infringiendo disposiciones legales, ya que no exhibió ninguna orden de circulación expedida por el Ministerio de Gobierno, sino un permiso emitido por la Cámara de Diputados; luego se constató que en su interior se encontraban varias personas y al tener contacto con las mismas se estableció que todas eran miembros de la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia, haciéndoles conocer la situación irregular de la circulación del motorizado a consecuencia de la emergencia sanitaria por la pandemia del coronavirus COVID-19, quienes de manera responsable y por propia voluntad decidieron retornar a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra en el mismo medio de transporte, aclarando que en ningún momento se procedió al arresto de ninguno de ellos ni se los remitió tampoco trasladó a dependencias policiales, por el contrario, se respetó sus derechos fundamentales y garantías constitucionales.