SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2021-S2

Fecha: 08-Abr-2021

concedió

El Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 11/20 de 4 de julio de 2020, cursante de fs. 17 vta. a 18, concedió la tutela impetrada, disponiendo que en plazo de cinco días los demandados remitan la carpeta al Juez de Ejecución Penal, con los siguientes fundamentos: a) El art. 175 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS) establece que la solicitud de libertad condicional se realiza ante el juez de ejecución penal, quien ordena al régimen penitenciario que se elaboren los informes correspondientes, en mérito a los cuales la referida autoridad judicial determinará si procede o no el mencionado beneficio; b) En el caso de autos, el accionante solicitó acogerse a ese beneficio y ante la omisión de elaboración de informes y la remisión de los mismos al aludido administrador de justicia, interpuso la presente acción de defensa, coligiéndose al respecto que existe demora, así también lo reconoce el Director Departamental del Régimen Penitenciario; y, c) Con respecto a los profesionales con baja médica, el mencionado Director debe buscar métodos o mecanismos a efectos de evitar dilaciones indebidas en casos como estos.