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    AUTO CONSTITUCIONAL 0101/2021-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0101/2021-RCA

    Fecha: 26-May-2021

    Fragmento 1

    En revisión la Resolución 50/21 de 25 de marzo de 2021, cursante de fs. 860 a 864, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional; interpuesta por Hugo Hurtado Jarillo, contra Marco Ernesto Jaimes Molina y Juan Carlos Berrios Albizú, Magistrados de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2.
    • improcedencia
    • a)
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
    • la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa
    • desde de las cero horas del 22 de marzo de 2020
    • la declaratoria de cuarentena total, que tiene como inicio el 22 de marzo, hasta el 30 de abril del citado
    • Circular 05/2020 de 26 de marzo de 2020
    • se debe analizar de manera particular que la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia
    • tres (3) meses y (13) trece días de suspensión de plazos
    • II.5.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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