SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2021-S4

Fecha: 17-May-2021

a)

El abogado del solicitante de tutela, ratificó íntegramente el contenido del memorial de acción de libertad, y ampliándolo en audiencia señaló que: a) Fue arrestado por la Policía Boliviana, por el simple hecho de tener nacionalidad chilena y parecerse a su hermano, el cual se hubiera dado a la fuga cuando era investigado por otro ilícito; b) Su arresto se produjo al margen de la normativa, pues el presunto hecho por el cual se lo investiga sucedió el 12 de noviembre de 2019, el inicio de las investigaciones un día después y el arresto, efectuado por Rodrigo Altamirano Alarcón funcionario policial de la Organización Internacional de Policia Criminal (Interpol), se produjo el 18 del mismo mes y año, transgrediéndose lo dispuesto por los arts. 225 y 230 del Código de Procedimiento Penal (CPP), los cuales determinan que el arresto por funcionario policial, se podrá efectuar en el primer momento de producirse el ilícito y cuando sea imposible identificar a los presuntos autores y ante la concurrencia de flagrancia, que se produce cuando el autor de un hecho es sorprendido en el momento de intentarlo, de cometerlo o inmediatamente después, mientras es perseguido por la fuerza pública; c) Al momento de producirse su arresto, no existía control jurisdiccional; por lo que, consideró que fue un acto nulo; y, d) Fue forzado a declarar, mediante malos tratos, coacción, engaños y violación de sus derechos, y que dicha acta de declaración no cuenta con la firma del Fiscal asignado al caso, por ese motivo considera encontrarse indebidamente procesado e ilegalmente detenido.

El accionante denunció la lesión de su derecho al debido proceso en sus elementos defensa, “justicia pronta y oportuna, transparente, gratuita y sin dilaciones” vinculados con su derecho a la libertad, en virtud de que, a) Su arresto ejecutado por la Policía Nacional fue ilegal, al no concurrir la figura de flagrancia y la inexistencia de control jurisdiccional al momento de su materialización; y, b) Su declaración informativa fue obtenida a través de malos tratos, coacción, engaños y violación de sus derechos, acta que no cuenta con la firma del Fiscal asignado al caso.