Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2021-S4
Fecha: 17-May-2021
II.1.
II.1. Cursa Acta de audiencia de apelación de medidas cautelares de 15 de enero de 2020, llevada a cabo ante la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en la cual el impetrante de tutela habiendo apelado las Resoluciones 02/19 y 03/19 de 20 de diciembre de 2019; por las cuales, se dispuso su detención preventiva y la improcedencia de su incidente de nulidad por actividad procesal defectuosa (fs. 78 a 84).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III.1.
- para la procedencia del hábeas corpus es ineludible que el recurso sea dirigido contra el sujeto que cometió el acto ilegal o la omisión indebida, o contra la autoridad que impartió o ejecutó la orden que dio lugar a la persecución, aprehensión, detención, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, su inobservancia neutraliza la acción tutelar e impide a este Tribunal ingresar al análisis de fondo de los hechos denunciados
- la acción sea dirigida contra la autoridad, funcionario o persona que cometió el acto ilegal u omisión indebida que atenta contra el derecho a la libertad, o a la vida, ya sea a través de una persecución, procesamiento o detención ilegales o indebidas
- lo cual se corrobora con la narración de los hechos que motivan la petición de tutela y la prueba aparejada, como también ante situaciones de notoria arbitrariedad
- CONFIRMAR