SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0161/2021-s3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0161/2021-s3

Fecha: 06-May-2021

1)

Luis Alberto Sequeiros Peña, responsable de la Clínica Integramédica, mediante su abogado, en audiencia manifestó lo siguiente: 1) El memorial de la acción de defensa no está debidamente fundamentado; 2) Nunca hubo una retención en la Clínica aludida, “…no hay policía que pueda aplicar la fuerza coercitiva…” (sic);
3) Se atendió a Aldo Nativi Méndez -ahora impetrante de tutela-, por un accidente de tránsito hasta su rehabilitación, mismo que fue dado de alta el 20 de marzo de 2020; asimismo, se le entregó la liquidación de servicios para su cancelación, “…tenemos el original, en donde el accionante reconoce la deuda por concepto de accidente, en donde el firma…” (sic), no se tiene una solicitud verbal ni escrita para su retiro; además que, se le entregó las recetas, “…si está ahí es por su acto consentido…” (sic); 4) Después de haber puesto en conocimiento del peticionante de tutela sobre la referida liquidación no pago ni un peso, tampoco indica que quiere irse; y, 5) Respecto a la deuda, el cobro lo realizarán por otra vía; por lo que, solicita se deniegue la tutela y sea con costas.