SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2021-S3

Fecha: 06-May-2021

I.2.1.

El accionante a través de su representante sin mandato, ratificó los argumentos expuestos en su memorial de la presente acción de libertad de pronto despacho y ampliándolos en audiencia manifestó, que desde la solicitud de cesación a la detención preventiva formulada a la autoridad accionada, transcurrieron nueve meses y los antecedentes no fueron enviados al Juzgado de Sentencia Penal de turno pese a los reclamos realizados, siendo evidente la vulneración del principio constitucional de celeridad, al no realizar un adecuado manejo del expediente, lo que fue corroborado por la Jueza de garantías; ya que, una vez remitido el cuaderno procesal para esta acción tutelar, tuvo que ser devuelto debido a algunas observaciones entre ellas la mala foliación.

A la aclaración solicitada por la Jueza de garantías señaló, que es evidente que el proceso fue sorteado al Juzgado de Sentencia Penal Decimotercero de la Capital de departamento de Santa Cruz, pero el mismo fue devuelto; asimismo, pidió a la Jueza hoy accionada la cesación de su detención preventiva el 11 de febrero de 2020, y hasta la presentación de esta acción de defensa transcurrió casi un mes sin que reciba respuesta alguna, lo que demuestra que existe retardación de justicia.