SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0213/2021-S3
Fecha: 14-May-2021
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela impetrada; y, que dentro el proceso con Número de Registro Judicial (NUREJ) 20178056 se ordene a la autoridad judicial accionada emita resolución en respuesta al recurso de reposición de 9 de octubre 2019, sea en observancia del art. 370 del CFPF y que cuente con la debida fundamentación y motivación señalada dentro del argumento jurídico de las “…SSCC 0863/2007-R, 0752/2002-R, SC 1369/2001 y SCP 0235/2015 entre otras…” (sic) conforme al debido proceso; además, se remitan antecedentes ante la autoridad disciplinaria que corresponda, por haberse vulnerado el art. 415.VII del citado Código, por ser obligación de la Jueza accionada el diferimiento del cumplimiento de la asistencia familiar para los menores beneficiarios, sin perjuicio de una posible responsabilidad penal por retardación de justicia.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 7
- 1) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; 2) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, 3) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
- Fragmento 9
- derecho a una resolución motivada
- ,
- Fragmento 12
- III.3.
- Fragmento 14