AUTO CONSTITUCIONAL 0107/2021-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0107/2021-RCA

Fecha: 14-Jun-2021

dispondrá la subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación. Cumplido el plazo y no se hubiera subsanado la observación, se tendrá por no presentada la acción

En ese contexto, el art. 30.I.1 del citado Código, determina que: “En caso de incumplirse lo establecido el artículo 33 del nombrado Código, dispondrá la subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación. Cumplido el plazo y no se hubiera subsanado la observación, se tendrá por no presentada la acción” (las negrillas son nuestras).