SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2021-S2

Fecha: 07-Jun-2021

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 3 de enero de 2018, suscribió con Carlos Freddy Velarde Molina -ahora demandado- contrato de alquiler de una tienda ubicada en calle José Ballivián esquina Cochabamba de Quillacollo del departamento de Cochabamba; en la que, instaló su negocio de bienes raíces denominada Virgen de Urkupiña; el canon de arrendamiento fue acordado en el monto de $us800.- (ochocientos dólares estadounidenses); y, la vigencia, por el lapso de dos años a cumplirse el “2 de agosto de 2020” -lo correcto es 3 de enero- a cuya conclusión pactó, con el prenombrado ampliarlo por otros dos años más; sin embargo, de un momento a otro le pidió desocupar el ambiente, alegando que un tercero le ofreció pagar un monto mayor y que le haría un adelanto de seis meses.

Al no llegar a un acuerdo, fue desalojado a la fuerza procediéndose al cerrado de la tienda con candados desde el 10 de febrero de 2020, indicándole el demandado que no sacaría sus herramientas de trabajo ni documentación, habiendo sido despojado de tal forma de su fuente laboral que le permitía solventar sus gastos y de sus hijos.