SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0219/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0219/2021-S2

Fecha: 07-Jun-2021

i)

Elizabeth Arispe Sánchez, Federico Saavedra Quiroga, Nora Castro, Richard Huayhua Callampa y Brigido Ramos Larico, miembros del Tribunal de Honor de la AFFVU, remitieron informe escrito el 19 de febrero de 2020, cursante de fs. 142 a 144, mediante el cual solicitaron se deniegue la tutela, en mérito a los siguientes argumentos: i) La Resolución 003/2019 tiene como “espíritu” recordar a la Fraternidad Folklórica “TINKUS COCHABAMBA 3 DE MAYO”, su deuda de           Bs 22 345.- (veintidós mil trescientos cuarenta y cinco bolivianos), la cual está plenamente reconocida mediante actas de entendimiento y compromisos de pago suscritas con la misma; lo que se pretende con la presente acción tutelar es burlar a toda costa las obligaciones económicas que tienen con la Asociación; ii) Con relación al acceso a la cultura, la fraternidad accionante ejercitó tal derecho de manera plena durante la realización de la entrada de la Virgen de Urkupiña, haciendo caso omiso a la Resolución ahora impugnada; y,  iii) En cuanto al derecho a la libertad de reunión y asociación, debe aclararse que al ser miembro de la AFFVU, el impetrante de tutela debe cumplir con la normativa interna, que todos los miembros conocen y cumplen, por lo que pretender soslayar estas obligaciones mediante el abuso de la norma constitucional es algo intolerable.