Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0224/2021-S4
Fecha: 10-Jun-2021
II.1.
II.1. Mediante orden de Citación de fecha 15 de julio de 2020, dentro del caso seguido por el Ministerio Público por la presunta comisión de los delitos de uso indebido de influencias, conducta antieconómica, y enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado, signado con el número 201102012001739. Se citó a Federico Martin Villegas Ergueta –ahora impetrante de tutela– a comparecer ante el Ministerio Público para que preste su declaración informativa en calidad de sindicado, con relación a las investigaciones que viene realizando el Ministerio Público, para el día 21 del mismo mes y año a las 11:30 (fs. 3).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- iv)
- denegó
- II.1.
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Del debido proceso y su vinculación con el derecho a la libertad
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR