SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0234/2021-S4
Fecha: 10-Jun-2021
II.3.
II.3. La Autoridad Sumariante Externa del Ministerio de Educación, emitió Resolución Final de Proceso Sumario 01/2020 de 7 de julio, que en sus considerandos II y III resolvió la observación de incompetencia planteada por el ahora accionante y en el fondo del proceso sumario interno, resolvió declarar la responsabilidad administrativa del ahora impetrante de tutela, determinando la destitución del mismo de su cargo de Director Departamental de Educación de Oruro (fs. 66 a 78).
El accionante considera lesionados el debido proceso y sus derechos a la petición, a la defensa y al juez natural; toda vez que, la Autoridad demandada, dentro en proceso sumario administrativo iniciado en su contra, respondió a su excepción de incompetencia con un decreto, que no satisface sus derechos, puesto que, no se vincula al fondo de lo solicitado ni resulta pertinente, menos cumple con la motivación y fundamentación adecuada; asimismo, se le generó indefensión al haber sido notificado de forma anómala con la clausura y cierre del periodo probatorio, en Secretaria de la Dirección Departamental de Educación del departamento de Oruro; vulnerándose en consecuencia su derecho al juez natural, que tiene que ver con el juez competente e imparcial.
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1.
- Este ámbito tutelar queda abierto siempre que no exista otro medio de protección inmediata para la protección de los derechos y garantías fundamentales o cuando las vías idóneas pertinentes una vez agotadas no han restablecido el derecho lesionado, lo que significa que de no cumplirse con este requisito, no se puede analizar el fondo del problema planteado y, por tanto, tampoco otorgar la tutela
- Fragmento 11
- III.2.
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR