Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0236/2021-S4
Fecha: 10-Jun-2021
constituye un instrumento subsidiario y supletorio en la protección de los derechos fundamentales,
El extinto Tribunal Constitucional, a través de la SC 1337/2003-R de 15 de septiembre, sostuvo que la acción de amparo constitucional “…constituye un instrumento subsidiario y supletorio en la protección de los derechos fundamentales, subsidiario porque no es posible utilizarlo si es que previamente no se agotó la vía ordinaria de defensa y supletorio porque viene a reparar y reponer las deficiencias de esa vía ordinaria”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, DEJAR SIN EFECTO TODO ACTO DE EJECUCIÓN COACTIVA APLICADO EN MI CONTRA EN VIRTUD AL PROVEÍDO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA N° 00861/2013 CONSIDERADO PRESCRITO POR FALLO FIRME”
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- constituye un instrumento subsidiario y supletorio en la protección de los derechos fundamentales,
- las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
- III.2.
- cuando se utilizó un medio
- CONFIRMAR