SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2021-S2
Fecha: 22-Jun-2021
Fragmento 16
En ese cometido e ingresando al análisis de la problemática planteada a través de la presente acción de amparo constitucional, cabe señalar que de la revisión de los antecedentes procesales, se constata que las accionantes en representación de la Procuraduría General del Estado, alegan que se vulneraron los derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación, congruencia y a la impugnación; toda vez que, dentro del proceso penal instaurado el 2010 por ENFE R.O. Santa Cruz, contra Mario Horacio Gil Sosa, Héctor Rubén Segovia San Martín, Eduardo Tomás Abudinen Moreno y Mario Gil Parra, por la presunta comisión de los delitos de estelionato, asociación delictuosa y contratos lesivos al Estado, plantearon las excepciones de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso y por prescripción, siendo acusados formalmente el 28 de agosto de 2018, por los Fiscales de Materia de la Unidad Especializada en Persecución de delitos de Corrupción Corporativa Primera de Santa Cruz por dichos ilícitos.