SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0254/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0254/2021-S2

Fecha: 24-Jun-2021

denegó

La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de   La Paz, mediante Resolución 45/2020 de 12 de febrero, cursante de fs. 184 a 191, denegó la tutela impetrada con base en los siguientes fundamentos:     a) Respecto a la supuesta lesión del derecho al sufragio activo, se evidenció por esta jurisdicción que la protección a los derechos políticos a los que hace referencia nuestra Norma Fundamental no se constituyen en objeto de tutela de la acción popular; b) En ese mismo entendido, cuando el impetrante de tutela hizo cita a la transgresión del derecho a la igualdad, aplica similar razonamiento expuesto con anterioridad; en sentido que, esta acción de defensa no está vinculada con el mencionado derecho, que si bien se encuentra reconocido por la Norma Suprema, este no es medio procesal para su reclamo; c) En relación al derecho a la seguridad pública, puede ser tutelado por el medio de defensa constitucional que nos ocupa; empero, de antecedentes se advirtió que los actos funestos de destrozos de bienes del Estado o fraude electoral, se vienen sustanciando en la jurisdicción ordinaria por la comisión de delitos; por lo que, no es posible su análisis; y, d) Respecto a la solicitud de dejar sin efecto la habilitación de Juan Evo Morales Ayma y Álvaro Marcelo García Linera como candidatos, esta es una petición improponible, dada la existencia de una Sentencia Constitucional Plurinacional anterior que da la posibilidad de repostulación de los prenombrados; por lo que, se estaría yendo en contra de los lineamientos de la jurisprudencia constitucional.