SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0254/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0254/2021-S2

Fecha: 24-Jun-2021

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El Tribunal Supremo Electoral procedió con la ilegal habilitación de Juan Evo Morales Ayma y Álvaro Marcelo García Linera en su calidad de Presidente y Vicepresidente, respectivamente, del Estado Plurinacional de Bolivia, como candidatos en las elecciones generales del 20 de octubre de 2019, contrariando lo dispuesto en el art. 168 de la Constitución Política del Estado (CPE), norma que permanece vigente puesto que la SCP 0084/2017 de 28 de noviembre, no la declaró inconstitucional.

En ese entendido; toda vez que, no existe el derecho humano de reelección indefinida, dado que estos tienen la finalidad de proteger al ciudadano y no así al poder político, el acto ilegal de la habilitación de los mencionados para una “segunda reelección” vulneró el derecho al sufragio activo, impidiendo a los ciudadanos participar en igualdad de condiciones por el uso de los bienes públicos emergente de la candidatura de los gobernantes, lo cual deviene igualmente en una transgresión a la seguridad pública por la convulsión social generada a partir de la materialización del fraude electoral perpetrado.