SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0318/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0318/2021-S3

Fecha: 23-Jun-2021

1)

En mérito a esa solicitud, el Juez de garantías, manifestó que: 1) Respecto a la subsidiariedad “…ya está descrito en la resolución que antecede, pero debe hacerse notar el hecho de que a criterio de este Juzgador al momento de hacer valoraciones deben priorizarse los aspectos que son más fundamentales y esenciales” (sic); 2) En cuanto a que la empresa YPFB no consideró a la Ley 1309, la respuesta es clara y concreta, pues los efectos de dicha Ley tienen un efecto retroactivo con respecto a los trabajadores; y, 3) Con relación al valor probatorio que se otorgó al AS 201, cabe complementar que lo que se está resolviendo es el momento de despido del accionante, hecho que se suscitó durante la vigencia del estado de emergencia sanitaria y cuarentena, sobretodo vulnerando la Ley 1309 que prohíbe las destituciones, despidos y desvinculaciones laborales, aspectos que están plenamente descritos en la Resolución que antecede, no se valoró el AS 201 y la “…Sentencia Constitucional 271/19…” (sic), porque no se están cuestionando las mismas, ni es de su competencia; por lo que, lo único que se está resolviendo tiene que ver con el momento en el cual se ejecuta el despido y la vigencia de la Ley 1309.