AUTO CONSTITUCIONAL 0256/2021-CA
Fecha: 22-Jul-2021
Juez Disciplinario Segundo de la Oficina Departamental de La Paz del Consejo de la Magistratura
En consulta la Resolución Disciplinaria 074/2021 de 12 de mayo, cursante de fs. 39 a 41, pronunciada por el Juez Disciplinario Segundo de la Oficina Departamental de La Paz del Consejo de la Magistratura, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Julio César Rada Vera, demandando la inconstitucionalidad del art. 188.I.13 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), por ser presuntamente contrario a los arts. 14.I, 46.I y II, 115.II, 119.I, 256 y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); 14.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 6.1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC).
- Juez Disciplinario Segundo de la Oficina Departamental de La Paz del Consejo de la Magistratura
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- PUESTO QUE NO SE DETERMINA QUE ES EL ESTADO DE EBRIEDAD O CUANDO PUEDE CONSIDERARSE QUE UNA PERSONA SE ENCUENTRA EN ESTADO DE EBRIEDAD
- a)
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 7
- fundamentación exigida en el art. 24.I.4 del CPCo, cuyo incumplimiento es sancionado con el rechazo de la acción, conforme estipula el art. 27.II. inc. c) del mismo Código
- Fragmento 9
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR