AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2021-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2021-O

Fecha: 06-Jul-2021

tanto la parte victoriosa como el perdidoso pueden denunciar el incumplimiento o sobrecumplimiento de una sentencia constitucional plurinacional a través del presente mecanismo procesal…

De lo expuesto, se advierte que la queja de incumplimiento o de sobrecumplimiento, debe ser tramitada por el juez o tribunal que conoció la acción tutelar; por cuanto, es quien debe velar por el cumplimiento efectivo de la decisión constitucional con calidad de cosa juzgada; es decir, cuidando de que el cumplimiento no sea inferior o superior a lo determinado; por lo que, en caso de ser la parte perdidosa (autoridad o persona particular, demandadas) la que alegue un sobrecumplimiento de la sentencia constitucional, cuyo cumplimiento pretende la parte victoriosa, corresponde la activación de la presente vía.