Sentencia Constitucional Plurinacional 0037/2021 de 7 de julio
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 0037/2021 de 7 de julio

Fecha: 07-Jul-2021

tienen por objeto declarar la inconstitucionalidad de toda norma jurídica incluida en una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial que sea contraria a la Constitución

La norma constitucional establece además, la reserva de ley para la determinación de los procedimientos que regirán su procedencia, trámite y resolución, según el art. 204; en ese entendido la norma legal de desarrollo es el Código Procesal Constitucional (CPCo.) de 5 de julio de 2012, cuyo objeto son las regulaciones de los procesos constitucionales ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, así como las acciones de defensa ante juezas, jueces y tribunales competentes (art.1), así como las Salas Constitucionales con dependencia funcional del Tribunal Constitucional Plurinacional, creadas por la Ley 1104 de 27 de septiembre de 2018. En ese marco, el art. 72 del CPCo., establece el objeto de la acción de inconstitucionalidad en los siguientes términos “… son de puro derecho y tienen por objeto declarar la inconstitucionalidad de toda norma jurídica incluida en una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial que sea contraria a la Constitución Política del Estado, a instancia de las autoridades públicas señaladas en el presente Código”; distinguiendo en el art. 73 de la misma norma procesal, dos tipos de acción de inconstitucionalidad: