SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0293/2021-S4
Fecha: 02-Jul-2021
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Pese al Acuerdo total de Conciliación 05/2020 de 12 de marzo, aprobado mediante Auto Interlocutorio 067/2020 de 18 del mismo mes y año, indicado dictado por el Juez Público Civil y Comercial Cuarto del departamento de Cochabamba, que fue suscrito con Walter Vargas Tapia, propietario del bien inmueble, en el que ocupa un ambiente en alquiler; por el que, se consensuó la entrega de la llave de la nueva chapa que le impidió ingresar al mismo, dejándolo en esa ocasión, fuera del domicilio referido, bajo el compromiso de desocuparlo el 26 de ese mismo mes y año; empero, sin haber previsto en esa oportunidad, el establecimiento de la cuarentena rígida en el país, imposibilitando su cumplimiento.
De tal forma que, se determinó el ingreso a la cuarentena dinámica en el departamento de Cochabamba, a fin de generar recursos económicos, tenía que salir de su casa; así, el 1 de junio de 2020 al promediar las 19:00 horas, se sorprendió cuando al retornar se percató que no podía ingresar a la misma porque la chapa de ingreso había sido nuevamente cambiada por el propietario, situación que provocó que tenga que dormir en la calle y no tenga acceso a sus pertenencias; además de poner en riesgo su vida debido al COVID-19.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- En caso de incumplimiento de lo acordado el convocado ROBERTO VIVANCO LINO, se SOMETERÁ AL DESALOJO Y/O DESAPODERAMIENTO PREVISTO EN EL PROCESO DE EJECUCIÓN
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- De manera general, cuando los particulares o el Estado invocando supuesto ejercicio legítimo de sus derechos o intereses adoptan acciones vinculadas a medidas o vías de hecho en cualesquiera de sus formas
- III.2. De la protección de derechos en época de pandemia
- III.2.1.
- III.2.2. Normativa nacional relevante
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR