Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0293/2021-S4
Fecha: 02-Jul-2021
II.2.
II.2. Por Acta de verificación 03/2020 de 13 de agosto, labrada por Luis Adrián Murillo, en calidad de Notario de Fe Pública 24 de Cochabamba, una vez apersonado el solicitante de tutela al domicilio ubicado en la calle Haití 489 de la ciudad de Cochabamba, con el objeto de verificar el impedimento de ingreso al mencionado inmueble que: “Una vez en la puerta de ingreso el solicitante con llave en mano puso a la cerradura, no logrando abrir la puerta; posteriormente mi persona [la autoridad notarial aludida] intentó abrir con la misma llave proporcionada por el interesado, verificando que no abría la puerta” (sic [fs. 37 a 38]).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- En caso de incumplimiento de lo acordado el convocado ROBERTO VIVANCO LINO, se SOMETERÁ AL DESALOJO Y/O DESAPODERAMIENTO PREVISTO EN EL PROCESO DE EJECUCIÓN
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- De manera general, cuando los particulares o el Estado invocando supuesto ejercicio legítimo de sus derechos o intereses adoptan acciones vinculadas a medidas o vías de hecho en cualesquiera de sus formas
- III.2. De la protección de derechos en época de pandemia
- III.2.1.
- III.2.2. Normativa nacional relevante
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR