SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0293/2021-S4
Fecha: 02-Jul-2021
II.1.
II.1. Cursa Acta de Acuerdo Total de Conciliación 05/2020 de 12 de marzo, aprobado en todos sus términos por el Juez Público Civil y Comercial Cuarto del departamento de Cochabamba; por el que, consta el compromiso tanto de Walter Vargas Tapia y Roberto Vivanco Lino –demandado y accionante en la presente acción de defensa–, de la entrega de la llave de la puerta principal de la vivienda del primero, a objeto de que el segundo, pueda nuevamente ingresar y permanecer en la habitación que este alquila; y, este entregue dicho ambiente pasados los quince días; estableciendo que, en caso de incumplimiento de lo acordado, el ahora impetrante de tutela se sometería al desalojo y/o desapoderamiento previsto en proceso de ejecución (fs. 17 a 19 y 21 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- En caso de incumplimiento de lo acordado el convocado ROBERTO VIVANCO LINO, se SOMETERÁ AL DESALOJO Y/O DESAPODERAMIENTO PREVISTO EN EL PROCESO DE EJECUCIÓN
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- De manera general, cuando los particulares o el Estado invocando supuesto ejercicio legítimo de sus derechos o intereses adoptan acciones vinculadas a medidas o vías de hecho en cualesquiera de sus formas
- III.2. De la protección de derechos en época de pandemia
- III.2.1.
- III.2.2. Normativa nacional relevante
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR