Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0294/2021-S2
Fecha: 13-Jul-2021
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de su derecho a la petición; alegando que, el Director Departamental de Educación de Santa Cruz, no se pronunció sobre los memoriales presentados el 14 de agosto y 8 de septiembre, ambos de 2020, por los cuales solicitó el cumplimiento del Auto de Vista 19, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de precitado departamento en la demanda de daño civil, que determinó que sus salarios devengados correspondientes desde abril de 2012 hasta abril de 2014, le sean cancelados.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Alcances y ámbito de protección del derecho de petición
- toda solicitud o petición efectuada en forma oral o escrita, ante una autoridad pública o particular amerita una respuesta fundamentada sea positiva o negativa emitida dentro de un plazo razonable u oportuno
- III.2. Protección especial que brinda el Estado a las personas adultas mayores
- Fragmento 14
- III.3.
- Fragmento 16