SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0301/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0301/2021-S2

Fecha: 15-Jul-2021

II.4.

II.4.    El 6 de julio de 2020, Emma Velásquez Aramayo, interpuso demanda de unión libre y de hecho contra Luis Saúl Rosales Velasco y AA (representado por su progenitora) y “presuntos herederos”; solicitando se reconozca la unión libre y de hecho que tuvo con el fallecido Saúl Rosales León, desde el 11 de septiembre de 2018; habiendo habitado con el mencionado desde el 13 de febrero de 2017, en el domicilio ubicado en la Casa C-39 del Condominio Vittoria de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, estando el nombrado separado de Esther Dalinda Hurtado Pesso, de quien se divorció el 10 de septiembre de 2018. En el Otrosí 9 de la misma, la demandada indica que el 24 de junio de 2020, fue enterrado Saúl Rosales León; y, que el 25 de ese mes y año, cuando retornó al domicilio en el que vivía con el indicado, los Guardias del Condominio impidieron su ingreso, indicándole que Rocío Lupe Padilla de Rosales y Ernesto Rosales León, pidieron no dejar entrar a las ex esposas del fallecido, a quienes resaltó no les correspondería derecho hereditario alguno, sí a los hijos de su pareja; todos quienes habrían intentado desalojarla por la fuerza. Mediante Auto 278 de 8 de julio de 2020, el Juez Público de Familia Décimo de la Capital del departamento de Santa Cruz, admitió la demanda, ordenando como medidas precautorias impuestas a los demandados, entre otras, la restricción de la presencia de los demandados en esa vía, en el domicilio conyugal (fs. 98 y vta.).