Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0305/2021-S2
Fecha: 15-Jul-2021
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso en sus elementos de motivación y fundamentación, vinculado a su libertad; en razón a que, el Vocal demandado, a través del Auto de Vista 85/2020-SP1 de 7 de julio, confirmó en parte el Auto Interlocutorio 54/2020 de 18 de junio, emitido por la Jueza de control jurisdiccional; disponiendo en consecuencia, mantener su detención preventiva, al determinar la permanencia de los riesgos procesales previstos en los arts. 234.1 y 2; y, 235.2 del CPP, pese a que el Ministerio Público y la víctima no presentaron ninguna prueba para demostrar su concurrencia, sustentando su fallo en presunciones abstractas.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- IMPROCEDENCIA
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La prohibición de activación paralela de acciones de libertad con identidad de sujetos, objeto y causa. Jurisprudencia reiterada
- la interposición de un nuevo recurso sobre los mismos hechos, estando el primero en trámite y sin contar con un pronunciamiento definitivo, no es conforme a derecho, constituyendo un acto temerario que pretende lograr una duplicidad de fallos sobre un mismo hecho, induciendo a error a los Tribunales de garantías
- ésta no ha concluido con una resolución firme que se convierta en cosa juzgada constitucional
- identidad
- III.2. Análisis del caso concreto
- a)
- CONFIRMAR