SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0305/2021-S2
Fecha: 15-Jul-2021
IMPROCEDENCIA
La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 004/2020 de 30 de julio, cursante de fs. 22 a 23, declaró la “IMPROCEDENCIA” de la acción de libertad interpuesta, fundamentando que: Revisada la Resolución 002/2020 de 17 de julio, emitida por la misma Sala Penal, dentro de similar acción de defensa, formulada por Juan Marcelo Melean López en representación sin mandato de Misael Humérez Titi contra José Miguel Vásquez Castelo, Vocal de la Sala Penal Primera del mencionado Tribunal Departamental de Justicia, cuestionando el Auto de Vista 85/2020-SP1, por indebido procesamiento; pretendiendo dejar sin efecto la indicada determinación, se advirtió identidad de sujetos, objeto y causa con la presente acción tutelar; no pudiendo pronunciarse nuevamente sobre un asunto ya resuelto.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- IMPROCEDENCIA
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La prohibición de activación paralela de acciones de libertad con identidad de sujetos, objeto y causa. Jurisprudencia reiterada
- la interposición de un nuevo recurso sobre los mismos hechos, estando el primero en trámite y sin contar con un pronunciamiento definitivo, no es conforme a derecho, constituyendo un acto temerario que pretende lograr una duplicidad de fallos sobre un mismo hecho, induciendo a error a los Tribunales de garantías
- ésta no ha concluido con una resolución firme que se convierta en cosa juzgada constitucional
- identidad
- III.2. Análisis del caso concreto
- a)
- CONFIRMAR