Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0308/2021-S4
Fecha: 13-Jul-2021
Fragmento 7
El accionante denunció la vulneración de sus derechos a la defensa, a la libertad y al debido proceso alegando que, el Director del Recinto Penitenciario Palmasola de Santa Cruz no cumplió la orden judicial para que se conecte a la audiencia virtual de cesación a su detención preventiva; por lo que, ante su ausencia la misma fue suspendida.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió
- Fragmento 7
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y su vinculación con el principio de celeridad
- En ese contexto, tanto autoridades judiciales, fiscales u otras autoridades administrativas, deben atender las solicitudes y trámites en los que esté de por medio el derecho a la libertad, con la mayor celeridad posible, con la finalidad de que la situación jurídica de las personas, dado el derecho primario que se encuentra amenazado o restringido, pueda ser definida sin dilaciones indebidas
- III.2.
- REVOCAR