SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0323/2021-S2
Fecha: 19-Jul-2021
II.3.
II.3. A través del Auto Administrativo AD-ABT-DDCB-PAS-023-2020 de 27 de julio, la autoridad demandada resolvió el recurso de revocatoria interpuesto por el impetrante de tutela; determinado lo siguiente: 1) Confirmar en todas sus partes el Auto Administrativo AD-ABT-DDCB-PAS-016-2020; consiguientemente, subsistentes las medidas precautorias contra la empresa del aludido; y, 2) Poner en conocimiento del accionante, que las pruebas presentadas y las alegaciones efectuadas en la indicada impugnación, relacionadas al levantamiento de las referidas medidas precautorias, serán analizadas en otro acto administrativo; en razón, a la complejidad del caso y la necesidad de realizar pericias técnicas y legales (fs. 33 a 40 ).
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- cuando desaparece el objeto del recurso, por haberse superado el hecho reclamado, el recurso debe ser denegado
- cuando hayan cesado los efectos del acto reclamado
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR