Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0335/2021-S4
Fecha: 20-Jul-2021
II.2.
II.2. Cursa impresiones a color de seis fotografías; en la primera, se aprecia un solo hombre apoyado en un mueble aparentemente con un golpe en la cara; en la segunda, se observa a cuatro hombres y una multitud detrás, pero no se puede apreciar rostros por el contraste de la luz; en la tercera, se aprecia en una habitación la parte posterior de una cabeza con lo que parece ser sangre; y, en las tres restantes se observa tres diferentes puertas de garaje con la palabra “FALTON” pintada en frente (fs. 4 a 6).
- acción
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de los demandados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- La acción de libertad es una acción tutelar de carácter extraordinario, que fue instituida en la Constitución Política del Estado
- ’
- delimita cúal el ámbito de protección otorgada por la acción de libertad
- Fragmento 14
- intereses generales de la sociedad
- Las normas precedentemente desarrolladas en concordancia con la Constitución Política del Estado de manera expresa establecen que el rol del Ministerio Público ante el conocimiento de un ilícito, es el encargado de promover la acción penal pública en defensa de los intereses de la sociedad, cumpliendo con los principios de legalidad, oportunidad, objetividad, responsabilidad, autonomía, unidad y jerarquía y sujetando además su actuación a los criterios de justicia, transparencia, eficiencia y eficacia, durante las distintas etapas de la investigación
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR