SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0355/2021-s3
Fecha: 14-Jul-2021
II.1.
II.1. Mediante memorial presentado el 9 de diciembre de 2019, Humberto Quispe Poma -ahora peticionante de tutela-, solicitó al Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Quinto de la Capital del departamento de La Paz, modificación de la Resolución de cesación de la detención preventiva 037/2019 de 6 de febrero, alegando que las medidas sustitutivas de detención domiciliaria y fianza económica le eran de imposible cumplimiento, y que más al contrario, la duración de su detención preventiva excedió el mínimo legal establecido para el delito por el que fue acusado; por lo que, impetró se disponga las medidas establecidas por el art. 231 Bis. I. numerales 2 y 5 del CPP, y conforme procedimiento dicte resolución sin necesidad de audiencia y libre el mandamiento de libertad (fs. 2 a 3).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 5
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- la acción traslativa o de pronto despacho, sostuvo que: ‘…se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad’
- Para la concreción del valor libertad, el principio celeridad y el respeto a los derechos, se ha previsto una acción de defensa específica que coadyuve para que los mismos no se vean afectados por actos lesivos y en caso de que así fuera, se puedan restituir a su estado natural, en especial tratándose de derechos fundamentales
- la acción de libertad traslativa o de pronto despacho busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, esto precisamente para la concreción del valor libertad
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas
- Fragmento 17
- La sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal, deviene por la desaparición de los supuestos fácticos que motivaron su activación; o porque la violación o amenaza de lesión del derecho ha cesado; ante lo cual, el hecho denunciado dejó de vulnerar las garantías o derechos constitucionales; debido al cumplimiento del acto reclamado con su consecuente restitución
- III.3. Análisis del caso concreto
- cesarán por el cumplimiento de alguna de las siguientes causales
- Fragmento 21
- REVOCAR en parte
- 2º DENEGAR en parte