SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0400/2021-S3
Fecha: 28-Jul-2021
derecho al acceso a la justicia como elemento del debido proceso
Con relación al derecho al acceso a la justicia como elemento del debido proceso, es necesario señalar que el acceso a la justicia, se encuentra consagrado en los arts. 8.1 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), disposiciones que son claras y que determinan que los Estados no deben coartar el derecho de las personas a acudir a los jueces o tribunales en procura de la protección de sus derechos, teniendo la obligación positiva de conceder a todos sus habitantes un recurso judicial efectivo contra los actos vulneratorios de sus derechos fundamentales. En el presente caso, los accionantes no tuvieron la oportunidad de presentarse ante ninguna autoridad ordinaria competente a través de los medios establecidos por ley para hacer prevalecer el documento privado de contrato de arrendamiento de la tienda comercial que suscribieron con el hoy tercero interesado, habiéndose procedido mediante medidas de hecho a su desalojo, lo que vulneró su derecho al trabajo y a subsistir en condiciones mínimas de dignidad; por consiguiente, corresponde conceder la tutela solicitada respecto al mencionado derecho.
- a)
- vulneraron sus derechos de acceso a la justicia como elemento del derecho al debido proceso y la restricción de su derecho a la dignidad humana
- 1)
- i)
- concedió
- II.5.
- a) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente
- Fragmento 8
- …Modulación de línea jurisprudencial
- es modulada por la presente sentencia
- III.2.
- III.3.
- derecho al acceso a la justicia como elemento del debido proceso