SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0412/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0412/2021-S3

Fecha: 28-Jul-2021

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra su persona, por la  presunta comisión del delito de estafa agravada, estelionato, falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, previstos y sancionados por los arts. 335 con la agravante del art. 346 bis; 337; 198; 199; y, 203 del Código Penal (CP), la Jueza ahora accionada en audiencia de modificación de medidas cautelares personales de 30 de abril de 2020, mediante Auto 109-2020 modificó su fianza económica, disponiendo que tenía que presentar dos garantes personales con domicilios propios que valuados sean equivalentes a Bs200 000.- (doscientos mil bolivianos).

En ese entendido, velando por su salud y por la de su hijo en gestación tuvo que movilizarse a través de sus abogados en plena pandemia por el coronavirus (COVID-19), al no existir oficinas de arquitectos abiertas para realizar avalúos, encontró un garante personal; por lo que, el 4 de mayo de 2020 en horas de la mañana presentó un memorial con la documentación pertinente -documentos originales con avaluó-, esperando que dicho memorial tenga una respuesta en veinticuatro horas; sin embargo, hasta la fecha de interposición de esta acción tutelar no obtuvo respuesta alguna, a pesar que cumplió con la presentación del garante personal; es decir, con el requisito señalado por la Jueza ahora accionada, por lo que debió librarse mandamiento de libertad; no obstante, su situación fue dilatada por la falta de respuesta.

Finalmente, debe considerarse que su embarazo es de riesgo puesto que tiene una hernia en el ombligo; asimismo, convive con su hijo menor de tres años de edad en el Centro de Rehabilitación Palmasola de Santa Cruz desde hace un año y tres meses; así también, el Tribunal Supremo de Justicia velando por los derechos de las personas privadas de libertad emitió las Circulares 06/2020 de 6 de abril y TSJ-11/2020 de 17 de igual mes, que ordenan a los jueces llevar adelante audiencias relacionadas con el derecho a la libertad, además de priorizar las solicitudes de las personas de la tercera edad, mujeres embarazadas y aquellas que tiene bajo su cuidado hijos menores de edad.