SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0416/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0416/2021-S3

Fecha: 28-Jul-2021

primer presupuesto

Es así que, el caso en análisis, no cumple el primer presupuesto, para la procedencia del debido proceso vía acción de libertad, por cuanto el accionante pretende que a través de la presente acción tutelar, se resuelvan presuntas irregularidades del debido proceso en las que habría incurrido la autoridad hoy accionada al no remitir la documentación solicitada por orden judicial para tramitar su libertad condicional, incumpliéndose el plazo otorgado para ese efecto; denuncia que no se evidencia que se encuentre directamente vinculada a su derecho a la libertad, ni sea la causa directa de su restricción, por cuanto se entiende que el motivo de dicha restricción es la condena que viene cumpliendo por la comisión del delito de robo agravado; consecuentemente, la remisión de los informes o documentación extrañados por sí mismos no generan de forma automática la concesión del beneficio solicitado, y por consiguiente, la libertad inmediata del accionante, pues el hecho de que el Juez de Ejecución Penal que conoce la causa del accionante haya solicitado a la autoridad ahora accionada la remisión de informes o de la documentación correspondiente para que se considere si el accionante puede beneficiarse con la libertad condicional, no determina por sí que se le otorgue la misma, por lo que el acto lesivo a los derechos del accionante, reclamado a través de esta acción de defensa, no se encuentra directamente vinculado con su libertad, por lo tanto, no concurre el primer presupuesto establecido en la jurisprudencia constitucional citado en el Fundamento Jurídico III.3. del presente fallo constitucional.