Antecedentes Procesales: Argumentos de la resolución recurrida en casación.
I.1. Argumentos de la resolución recurrida en casación.
La “Sociedad Minero Metalúrgica Reserva Ltda.”, a través de sus representantes, señaló que se lesionó su derecho al debido proceso y la defensa, al no observar el Juez de instancia el alcance de la medida preparatoria y el fin que se persigue con la misma, viciando de nulidad los actos posteriores, al no haber considerado la jurisprudencia contenida en los AAP Nº 001/2023 y Nº 59/2023 mediante las cuales se observó en casos similares que en el trámite de una medida preparatoria, no se indicó con claridad concreta la futura demanda y la finalidad de la medida preparatoria, solicitando la nulidad de obrados hasta el auto de admisión de 13 de noviembre de 2023.
Mediante memorial de fs. 114 a 116, las autoridades originarias de la “Asociación Comunitaria AYLLU JESUS DE MACHACA”, respondieron al incidente, señalando que identificaron las acciones a plantear una vez tramitada la medida preparatoria, como es la acción de reivindicación por avasallamiento, acción negatoria, proceso interdicto extraordinario de recobrar la posesión u otra acción legal que corresponda según amerite el caso, y la finalidad que persiguen es la defensa de su territorio, afirmando que se cumplió con los requisitos para dar curso a la medida preparatoria planteada.
Señaló que de acuerdo al art. 305 núm. 4 de la Ley Nº 439, “en todo proceso se puede sustanciar una etapa preliminar por iniciativa de quien pretende demandar o por quien supusiere fundadamente que será demandado, ante la autoridad judicial que conocerá el proceso principal” y sobre el particular mencionó el AAP S1 Nº 29/2022 de 6 de abril, que a letra señala: “(…) las medidas preparatorias son aquellas orientadas a preparar un posterior proceso con la provisión de los elementos de prueba obtenidos lícitamente para sustentar el mismo; empero, se debe tener claramente establecido que la medidas preparatorias no deben exceder el ámbito de aplicación previsto en el ordenamiento jurídico, ya que en ningún caso a través de las mismas podría definirse situaciones jurídicas por ser de naturaleza propia del proceso contradictorio al que deben dar lugar, en razón a que las diligencias preparatorias no constituyen procesos como tal, son simplemente actividades preliminares encaminadas a facilitar el ejercicio de determinadas acciones para asegurar la eficacia jurídica de estas y de ninguna manera pueden ser equiparadas a un proceso…”. Indicó que de acuerdo al art. 307 núm. 1 de la Ley Nº 439, “la parte que demandare las diligencias preparatorias indicará con claridad aquella que pretende y su finalidad concreta en la futura demanda principal”
Con apoyo del marco legal referido, indicó que la medida preparatoria de exhibición de documento, cursante de fs. 21 a 22, presentada por Luis Alberto Tarqui Ticra, Corregidor; Teodora Mamani Pachatico de Tarqui, Corregidora; Fausto Vera Tapia, Cacique; Lidia Marca Torrez de Vera, Casiquesa; Simón López Ramos, Curaca; Julia Feliciana Mamani Mamani de López; Mamá Thalla; Eulogio Tapia Condori, Alcalde; y, Florentina Tarqui López de Tapia, Alcaldesa; todos, autoridades originarias de la “Asociación Comunitaria AYLLU JESUS DE MACHACA” del departamento de Potosí, explicaron de forma clara y precisa que interpondrán una acción de reivindicación por avasallamiento, acción negatoria, proceso extraordinario de interdicto de recobrar la posesión u otra acción legal que corresponda según el caso; con la finalidad de defender su territorio, lo que evidenciaría que cumplieron con las exigencias legales establecidas en los arts. 305 y 307 de la Ley Nº 439, aspectos que no fueron advertidos por la parte incidentista, además de obviar el carácter social de la materia y el principio de servicio a la sociedad, obrar en contrario sería atentar contra la seguridad jurídica establecida en el art. 178 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la resolución recurrida en casación.
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación en el fondo
- Antecedentes Procesales: Contestación al recurso de casación.
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal.
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.2. Resoluciones contra las que procede el recurso de casación en materia agroambiental.
- FJ.II.2. Análisis del caso concreto.
- Por Tanto 1
