AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1a N° 86/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1a N° 86/2023

Fecha: 25-Ago-2023

Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes

I.5. Actos procesales relevantes

Se identifican en el proceso Interdicto de Recobrar la Posesión, los siguientes actos procesales relevantes al caso de autos:

I.5.1. De fs. 62 a 65 vta. de obrados, cursa memorial de demanda de Interdicto de Recobrar la Posesión, interpuesta por Ana María Bazoalto vda. De Torrico, Florencia Torrico Bazoalto, Ángela Torrico Bazoalto, Santo Torrico Bazoalto, Julia Torrico Bazoalto, Julián Hernán Torrico Bazoalto y Rómulo Torrico Bazoalto, representados por Maribel Antezana Torrico y Giovanna Acha, contra Erick Molina Villca.

I.5.2. A fs. 487, cursa certificado de Uso de Suelo, en el que se consigna que el predio se encuentra ubicado al interior del poligono de delimitacion urbana, el cual fue aprobado mediante las O.M. 081/2012 y O.M. 027/2023, homologado mediante R.S. 1161 del 24 de enero de 2014

I.5.3.  De fs. 543 a 548 vta. cursa memorial de 08 de septiembre de 2022, de solicitud de nulidad de obrados por demanda defectuosa, excepción de incompetencia y contestación a la demanda, incoada por Erick Molina Villca, respondida mediante escrito de fs. 551 a 552 de obrados.

I.5.4. De fs. 555 a 564 vta. de obrados, consta, Acta de Audiencia Pública de Juicio Oral de 23 de septiembre de 2022, en el cual el Juez de instancia, procedió a circunscribirse a lo señalado en el art. 83 de la Ley N° 1715,  a fín de cumplir las siguientes actividades procesales: a) Resuelve desestimando la excepción previa de incompetencia y la nulidad de obrados por demanda defectuosa, b) Tentativa de conciliación fallida; c) Fijación del objeto de la prueba, y, d) Admite la prueba pertinente y dispone su recepción en la misma audiencia, rechazando la inadmisible o las que fueren manifiestamente impertinentes; produciendo además la prueba testifical, la inspección judicial propuesta por la parte actora y disponiendo de oficio la realización de un informe técnico con relación a la ubicación del predio, la existencia de construcciones, establecimiento de fechas precisas de la aparición de dichas construcciones conforme a imágenes multitemporales y la actividad que se venía desarrollando en dicho predio.

I.5.5. De fs. 560 a 562 vta. de obrados, cursa la Declaración Testifical de los testigos de cargo, Armando Ymaca Rivera, José Osvaldo Antezana Torrico, Jonathan Torrico Valencia, Mary Albina Quiroga Imaca y Nicolás Antezana Llanos, quienes entre los aspectos relevantes, señalan que son los demandantes los que estaban en posesión del terreno despojado, y que el hecho ocurrió el 23 de octubre.

I.5.6. De fs. 563 a 564 vta., cursa Acta de Inspección Judicial del lote de terreno objeto del proceso que, entre sus aspectos relevantes establece que en el límite oeste del lote objeto de litis, se observa construcciones fraccionadas en lotes de aproximados de 500 a 300 m2., cada una, al lado oeste hay una calle con extensiones de electricidad y que para su ingreso hubiesen colocado una especie de tranca metálica, al frente hay una construcción debidamente cerrada y con construcción de medias aguas en su interior, la cual estaría ocupada por el demandado, lugares cavados como una especie de delimitación de la propiedad, donde se observa rastros de sembradíos y otras construcciones con restos de material de construcción.

I.5.7. De fs. 565 a 575, cursa Informe Técnico de 23 de septiembre 2022, que, entre sus aspectos relevantes establece áreas de cultivos en las gestiones 2018 y 2019, que en el año 2020, aparecen construcciones de muros perimetrales al sur del predio objeto de litigio, que en la gestión 2021, desaparece la delimitación que existía entre las dos áreas en cultivo que había en las gestiones 2018 y 2019, y en abril de 2022 aparecen cuatro lotes amurallados y dos construcciones en el lado oeste y sur del predio, así como una construcción separada en la parte norte del predio, y que la superficie total de predio es de 1.6200 ha, el área reclamada por los demandantes es de 9.500 m2., y comprende el lado oeste del alambrado que atraviesa el predio.