AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª N° 125/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª N° 125/2023

Fecha: 17-Ago-2023

Antecedentes Procesales: Argumentos de la resolución recurrida de casación o nulidad

I.1. Argumentos de la resolución recurrida de casación o nulidad

La Sentencia N° 010/2023 de 17 de agosto de 2023, cursante de fs. 419 a 430 de obrados, que resolvió declarar Improbada la demanda de Desalojo por Avasallamiento, con costos y costas, pronunciada por la Jueza Agroambiental de Villamontes del departamento de Tarija, se sustenta en los siguientes argumentos:

Que el derecho propietario de la parte demandante, se encuentra controvertido, ya que si bien cuenta con Título Ejecutorial clasificado como colectivo SAN-TCO TRJ001 emitido por el INRA, no sería el único propietario, ya que la parte demandada cuenta con registro en Derechos Reales, que si bien se encontraría anulado, continua vigente y por consiguiente oponible a terceros.

Que, se habría generado certidumbre en la Juzgadora, de que los demandados están ocupando el predio con alguna causa jurídica, como es el hecho de haber adquirido el predio a través de la Escritura Pública N° 66/2002 de 23 de abril de 2002, registrada bajo la matrícula computarizada N° 6.04.30.01.0006369 misma que continua vigente.

Que los demandados pertenecen a un grupo vulnerable, por ser adultos mayores, mujer de 65 años y varón de 74 años, protegidos por el art. 67 de la CPE.

Que el proceso de desalojo por avasallamiento es un proceso sumarísimo regido por la Ley N° 477, no siendo su finalidad u objeto cuestionar el derecho de propiedad, más aún si éste se encuentra asentado en los Registros Públicos de Derechos Reales, conforme a la jurisprudencia agroambiental y constitucional.