Antecedentes Procesales: Contestación al recurso de casación
I.3. Contestación al recurso de casación
Mediante memorial cursante de fs. 452 a 455 vta. de obrados, los demandados Elena Ilma Iturricha Lema de Byren y Bo Gunnar Byren, contestan el recurso de casación interpuesto en la forma y en el fondo, solicitando que se declare sin lugar el mismo y se confirme la Sentencia impugnada, con costas y costos; bajo los siguientes argumentos:
Manifiestan que el recurso de casación interpuesto, carecería de fundamentación legal, fáctica y probatoria, por cuanto, no establece cuál ha sido la indebida aplicación de la ley, cuál ha sido el derecho vulnerado con la Sentencia emitida por la Jueza A quo, limitándose solo a realizar una transcripción de una posesión o criterio subjetivo por parte del impetrante.
Sostiene que la Autoridad judicial, en Sentencia habría valorado correctamente la prueba documental tanto de cargo como descargo para concluir estableciendo que no se habrían probado los puntos de hecho a probar ni tampoco los requisitos de procedencia del avasallamiento, ya que este derecho se encuentra controvertido, tomando en cuenta el registro vigente en Derechos Reales sobre el predio “Itacua” mediante Escritura Pública N° 66/2002, que existen actos de dominio que demuestran la posesión legal anterior al derecho propietario de la parte demandante sobre el terreno objeto de la demanda.
En relación a las normas denunciadas como interpretadas erróneamente, señala que las mismas jamás fueron motivo de interpretación por parte de la Autoridad judicial de instancia, que el fundamento jurídico de la sentencia recurrida, se basa en el “segundo requisito” concurrente a tiempo de analizar una demanda de desalojo por avasallamiento, habiendo señalado que “no puede calificarse ningún acto o medida como 'de hecho’, cuando existen elementos probatorios que, contrariamente generan certidumbre en el juzgador, que esa persona o personas están ocupando un predio con alguna causa jurídica”.
Que habiéndose valorado toda la prueba documental, tanto de cargo como de descargo, prueba testifical, inspección ocular y prueba pericial, se forma convicción de que “la parte demandada ha venido ocupando el predio denominado “Itacua” en razón a una “causa jurídica” como ser el hecho de haber adquirido el predio con antecedente en Titulo Ejecutorial a través de la Escritura Pública No. 66/2002 otorgado por Notario de Fe Publica de segunda clase Dra. Elvira Tejeda Bernal en fecha 23 de abril de 2002, y que continúa vigente el registro bajo la matrícula computarizada N°. 6.04.30.01.0006369; de lo que se evidencia que existen derechos controvertidos que ameritan sean discutidos y/o resueltos en otra vía, dejando claro que la ley N° 477 no tiene la finalidad de consolidar el derecho propietario, sino que su fin es resguardar, proteger, defender, precautelar el derecho propietario de la propiedad individual y colectiva rural o urbana destinada a la actividad agropecuaria”, conforme refiere la Sentencia ahora impugnada, agregando los demandados, que nunca fueron notificados con el saneamiento y que incluso recién se enteraron de la anulación del Título 633432 que acredita el derecho sobre el predio “Itacua”, ya que tampoco se les habría notificado con la Resolución Suprema 223103.
Haciendo referencia a los arts. 67, 68 y 69 de la CPE, relativas a los derechos de las personas adultas mayores, así como la Ley N° 369, sostienen que tales preceptos deben ser considerados por toda autoridad judicial.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la resolución recurrida de casación o nulidad
- Antecedentes Procesales: Argumentos del Recurso de Casación en la forma y en el fondo
- Antecedentes Procesales: Contestación al recurso de casación
- Trámite Procesal: Decreto de Autos para resolución
- Trámite Procesal: Sorteo
- Trámite Procesal: Actos procesales relevantes
- FJ.III.1. Naturaleza Jurídica del recurso de casación
- FJ.III.2. El recurso de casación en el fondo y recurso de casación en la forma en la jurisdicción agroambiental: Distinción y formas de resolución
- FJ.III.3. 1. Naturaleza jurídica y finalidad
- FJ.III.3. 2 Requisitos o presupuestos concurrentes de procedencia del proceso de desalojo por avasallamiento, coherentes con su naturaleza jurídica y características configuradoras
- Examen Del Caso Concreto
- Por Tanto 1
