Antecedentes Procesales: Argumentos del Recurso de Casación.
I.2. Argumentos del Recurso de Casación.
Los demandantes, ahora recurrentes Primitivo Aldana Coca, Josefa Díaz Cuellar, Daniel Aldana Díaz y Jimmy Aldana Díaz, mediante memorial cursante de fs. 362 a 364 de obrados, interponen recurso de casación y nulidad en el fondo y en la forma, contra la Sentencia N° 15/2023 de 14 de agosto de 2023, cursante de fs. 321 vta. a 327 de obrados, de conformidad a las disposiciones contenidas en los arts. 24, 46.II, 115, 180, 189, 373.I, 374.I, 393, 394.II, 397 y 399 de la Constitución Política del Estado, arts. 30 y 87 de la Ley N° 1715, arts. 1283, 1286, 1287 y 1330 del Código Civil y arts. 270, 271, 272, 274 y 275 del Código Procesal Civil, solicitando case y se declare nula la Sentencia recurrida en el fondo y en la forma hasta el vicio más antiguo y sea de acuerdo a las formalidades de ley; bajo los siguientes argumentos:
I.2.1. Recurso de Casación
I.2.1.1. Antecedentes de nuestro derecho de posesión real y cumplimiento de la función social del predio rustico con una extensión de 1 Ha. con 7.252 Mts2.
Refieren que, por la prueba documental cursante a fs. 3 a 22 y 27 a 32 de obrados, se demuestra claramente que sus personas se encuentran en posesión pacifica, continuada, pública e ininterrumpida y de buena fe cumpliendo con la función social del pequeño predio, en la superficie de 1 ha. con 7.252 Mts2, por más de 27 años, misma que fue verificada de forma directa por la autoridad en la Inspección Judicial realizada el 22 de junio de 2023, prueba documental que no han sido apreciadas y valoradas correctamente.
Como así también refieren que, la Sentencia objeto de impugnación contraviene el derecho al debido proceso establecido en el art. 115 de la C.P.E., vulnerando nuestros derechos de posesión reconocidos y amparados en los arts. 397 y 399.I de la Norma Suprema.
También refieren que, la Sentencia recurrida, vulnera el art. 180 de la C.P.E., en lo referente, a la verdad material, toda vez que la autoridad ha podido evidenciar en la Inspección Judicial realizada el 22 de junio de 2023, que los trabajos y mejoras introducidas en el predio en cuestión, pertenecen a sus personas; no haciendo ninguna apreciación objetiva de las cosas, los trabajos y mejoras realizadas por sus personas.
Agregan que, mediante la prueba testifical se demuestra que se encuentran en posesión del predio y que el mismo sufrió una perturbación por parte de los demandados; declaración testifical que, se demuestra con las fotografías cursantes a fs. 10 a 13, por el cual se evidencian un posteado y alambrado nuevo de 5 hebras de alambre de púas, paralelo o contiguo al lado de su alambrada antigua, por el cual se demuestra claramente la perturbación de su posesión, ocasionándonos daños y perjuicios al cerrar el acceso al corral de su ganado, del acceso a los potreros donde pastan sus vacas y cerrando el acceso al agua del rio para el consumo del ganado; actuar que, contraviene el art. 373.I de la C.P.E. y el art. 1330 del Código Civil, por que contraviene y lesiona sus derechos, al haberse omitido de apreciar correctamente la valoración de la prueba.
Como así también, la Sentencia establece que, no se ha demostrado la posesión del predio, así como la perturbación de su posesión, más al contrario señala que la supuesta perturbación se hubiera realizado el 15 de mayo de 2021, correspondiendo este hecho a una mala valoración de esta prueba.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la Resolución Recurrida de Casación o Nulidad.
- Antecedentes Procesales: Argumentos del Recurso de Casación.
- Antecedentes Procesales: Contestación al Recurso de Casación Interpuesto.
- Antecedentes Procesales: Trámite Procesal.
- Antecedentes Procesales: Actos Procesales Relevantes.
- Fundamentos Jurídicos Del Fallo
- FJ.II.1. La naturaleza jurídica del recurso de casación: El recurso de casación en materia agroambiental y distinción entre el recurso de casación en la forma y en el fondo.
- FJ.II.1. 1. El recurso de casación en materia agroambiental, dado el carácter social de la materia.
- FJ.II.1. 2. Distinción entre el recurso de casación en la forma y en el fondo.
- FJ.II.1. 2.a). El recurso de casación en el fondo.
- FJ.II.1. 2.b). El recurso de casación en la forma.
- FJ.II.2. El Interdicto de Retener la Posesión: Su naturaleza jurídica en materia agroambiental y requisitos de procedencia.
- FJ.II.3. La facultad de revisión de oficio del proceso y la trascendencia de la nulidad de obrados.
- FJ.II.4. El Juez y su rol de director en el proceso.
- Por Tanto 1
