Por Tanto 1
La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, en virtud a la potestad conferida por los arts. 186 y 189.1 de la Constitución Política del Estado; arts. 4.I.2, 11, 12, 131.II y 144.I.1 de la Ley N° 025; arts. 36.1 y 87.IV de la Ley N° 1715 y art. 220.II de la Ley N° 439, aplicable supletoriamente a la materia por disposición del art. 78 de la Ley N° 1715, en consecuencia se DISPONE:
1. INFUNDADO el recurso de casación, cursante a fs. 362 a 364 de obrados, interpuesto por Primitivo Aldana Coca, Josefa Díaz Cuellar, Daniel Aldana Díaz y Jimmy Aldana Díaz.
2. Se MANTIENE FIRME y SUBSISTENTE, la Sentencia 15/2023 de 14 de agosto de 2023, de fs. 321 vta. a 327 de obrados, pronunciado por la Juez Agroambiental de Santa Cruz, dentro el proceso de Interdicto de Retener la Posesión.
3. Se condena al recurrente, con el pago de costas y costos, de conformidad a lo estipulado en los arts. 213.II.6 y 223.V.2, con relación al art. 224, todos de la Ley N° 439, que mandará hacer efectivo el Juez de instancia
Regístrese, Notifíquese y Devuélvase.-
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la Resolución Recurrida de Casación o Nulidad.
- Antecedentes Procesales: Argumentos del Recurso de Casación.
- Antecedentes Procesales: Contestación al Recurso de Casación Interpuesto.
- Antecedentes Procesales: Trámite Procesal.
- Antecedentes Procesales: Actos Procesales Relevantes.
- Fundamentos Jurídicos Del Fallo
- FJ.II.1. La naturaleza jurídica del recurso de casación: El recurso de casación en materia agroambiental y distinción entre el recurso de casación en la forma y en el fondo.
- FJ.II.1. 1. El recurso de casación en materia agroambiental, dado el carácter social de la materia.
- FJ.II.1. 2. Distinción entre el recurso de casación en la forma y en el fondo.
- FJ.II.1. 2.a). El recurso de casación en el fondo.
- FJ.II.1. 2.b). El recurso de casación en la forma.
- FJ.II.2. El Interdicto de Retener la Posesión: Su naturaleza jurídica en materia agroambiental y requisitos de procedencia.
- FJ.II.3. La facultad de revisión de oficio del proceso y la trascendencia de la nulidad de obrados.
- FJ.II.4. El Juez y su rol de director en el proceso.
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