Antecedentes: Argumentos de la contestación al recurso de casación.
I.3. Argumentos de la contestación al recurso de casación.
Por memorial cursante de fs. 89 a 90 de obrados, Luis Solar Callejas, responde al recurso de casación solicitando se declare infundado el mismo, bajo los siguientes argumentos:
I.3.1. El demandado señaló que la defectuosa fijación del objeto de la prueba realizada en audiencia de juicio oral con ausencias de la defensa técnica (incomparecencia injustificada), es un agravio que no cumple con la exigencia que establece el art. 274 numeral 2 del Código Procesal Civil.
De la revisión del expediente, indica que se puede constatar que de fs. 53 a fs. 56 de obrados, se encuentra el Informe Pericial 009/2023 de 09 de octubre, el cual determina que el terreno objeto del presente proceso no se encuentra en la propiedad de los demandantes. Así mismo, a fs. 58 y vta. se encuentra la notificación realizada a Gregorio Rocha Velarde, Romualda Fierro Morales, demostrando que el informe del perito no fue objetado por ninguna de las partes, existiendo una aceptación tácita, por ende, siendo inadmisible que en esta etapa del proceso se pretenda objetar el informe, ya que existiría preclusión de los plazos procesales.
I.3.2. Contestando al recurso de casación que indica, que no fue valorada correctamente sus pruebas documentales como ser su Título Ejecutorial Agrario, debidamente registrado en Derechos Reales, que acredita que los demandantes son propietarios del fundo rustico denominado “Rancho Romanes Parcela 020”, el demandado indica que de la revisión de la Sentencia N° 14/2023 a fs. 65 vta. de obrados, textualmente indica “La parte demandante ha demostrado: -que son propietarios del predio Rancho Romanes Parcela 020, con Título Ejecutorial PPD-NAL-442407”. Valoración que el Juez Ad quo realizó de forma correcta con apego a nuestra normativa vigente.
I.3.3. También el demandado indica que, para poder accionar la tutela del derecho propietario, no solo basta con acreditar el derecho propietario, sino también se debe demostrar con todos los medios probatorios válidos que el inmueble del que se pretende recuperar la posesión debe pertenecer al derecho propietario del demandante, debe demostrar la pérdida de posesión y el despojo. En el presente caso, se demostró que el inmueble reclamado no pertenece a los demandantes, por lo tanto, no existió el despojo a los demandantes.
Que, en el presente proceso, los demandantes solo acreditan ser propietarios del predio “Rancho Romanes Parcela 020”, en el informe que cursa de fs. 53 a fs. 56 de obrados, determina que los 1000 m², que reclaman los demandantes no pertenecen al predio “Rancho Romanes Parcela 020”; por lo tanto, se demuestra que los demandados no son propietarios del terreno objeto de la presente causa, por ende, nunca estuvieron en posesión y mucho menos perdieron la posesión.
Solicitando que se declare infundada la demanda y sea con costas, honorarios profesionales y todo cuanto tenga derecho.
- Encabezado
- Antecedentes: Argumentos de la sentencia recurrida en casación o nulidad
- Antecedentes: Argumentos del Recurso de Casación interpuesto por Romualda Fierro Rocha y Gregorio Rocha Velarde, en su calidad de demandantes.
- Antecedentes: Argumentos de la contestación al recurso de casación.
- Antecedentes: Trámite procesal
- Antecedentes: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos del Fallo
- FJ.II.1. La naturaleza jurídica del recurso de casación: Distinción entre el recurso de casación en la forma y en el fondo.
- FJ.II.2. De la naturaleza jurídica de la Acción Reivindicatoria y los presupuestos legales para su procedencia (art. 1453 del Cód. Civ.).
- FJ.II.3. Análisis del caso concreto.
- Por Tanto 1
